Suprema Corte de Justicia de la Nación
RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 16/95. SECRETARIO Y DIRECTOR DE COMERCIO DEL AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN.
Fecha: 14-Ago-1995
Capítulo I De Las Dependencias Administrativas
"Artículo 70. Para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliará de las dependencias y entidades de la administración pública municipal que estarán bajo las órdenes de su representante, el presidente municipal."
"Artículo 72. Para el estudio, la planeación y el despacho de los diversos asuntos de la administración municipal, el Ayuntamiento se auxiliará por lo menos con las siguientes dependencias:
- Secretaria Rosalba Becerril Velázquez
- Resultando
- Fundaron Su Demanda En Los Hechos Que Se Transcriben A Continuación
- Considerando
- Tercerolos Agravios Formulados Son Los Siguientes
- En Síntesis Aducen Los Recurrentes Los Siguientes Argumentos
- Artículo El Ayuntamiento Se Integra Con Los Siguientes Miembros
- Capítulo I De Las Dependencias Administrativas
- Ii La Tesorería Municipal
- Capítulo V De Las Facultades Y Obligaciones Del Presidente Municipal
- Artículo Son Facultades Y Obligaciones Del Síndico O En Su Caso Del Síndico Segundo
- Por Lo Que Hace A Los Argumentos Señalados Con Los Incisos B C Y D Éstos Resultan Inoperantes
- Notifíquese Por Medio De Oficio A Las Partes