CONFLICTO COMPETENCIAL 147/2022
I. ANTECEDENTES
1.
Hechos. El señor ********** y la señora ********** procrearon una hija
que actualmente tiene diecisiete años. En la ciudad de Colima, la
señora ********** demandó del señor **********, por la vía familiar,
diversas prestaciones entre ellas la pensión alimenticia a favor de su
hija menor de edad. De esta demanda conoció el Juzgado Segundo
Familiar de Colima quien la registró con el número de expediente
**********.
2.
Demanda de amparo indirecto. En Jalisco, el señor **********
promovió un amparo indirecto en el que reclamó diversas prestaciones
derivadas del juicio familiar tales como la falta de emplazamiento al
juicio; el descuento salarial por pensión alimenticia y la omisión de fijar
un régimen para convivir con su hija menor de edad. Al promover el
amparo el quejoso solicitó la suspensión de los actos reclamados para
evitar el descuento de la pensión y tener convivencias con su hija.
3.
Juicio de amparo indirecto. De la demanda conoció el Juzgado
Tercero de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el
Estado de Jalisco quien la registró con el número de expediente
**********, la admitió a trámite y solicitó los informes respectivos. El
Juez de Distrito también dio trámite al incidente de suspensión
respecto del cual, de manera provisional, resolvió lo siguiente:
a) Declaró improcedente la suspensión por la falta de
emplazamiento porque si se concediera la medida equivaldría a
darle efectos restitutorios propios de la sentencia de amparo.
b) Negó la medida sobre el descuento salarial porque se
contravendría el interés social y el orden público al impedir el
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- Encabezado
- SENTENCIA
- CONFLICTO COMPETENCIAL 147/2022
- CONOCER DE UN RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO EN
- RECURRIDA, NO OBSTANTE QUE EL JUEZ REQUERIDO,
- TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, PARA CONOCER DEL
- II. TRÁMITE DEL CONFLICTO COMPETENCIAL
- III. COMPETENCIA
- IV. EXISTENCIA DEL CONFLICTO COMPETENCIAL
- “CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE
- V. ESTUDIO
- CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE TRIBUNALES
- RESUELVE
