PROYECTO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

PROYECTO

Fecha: 15-Mar-2017

RESUELVE

PRIMERO. Sí existe el conflicto competencial a que este toca se

refiere.

SEGUNDO. Es competente legalmente el Tribunal Colegiado del

Trigésimo Segundo Circuito para resolver el recurso de revisión

respectivo.

TERCERO. Remítanse los autos al Tribunal Colegiado declarado

legalmente competente para su conocimiento y efectos legales

conducentes.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación por mayoría de tres votos de la Ministra Norma Lucía Piña

Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la Ministra Presidenta Ana

Margarita Ríos Farjat (Ponente), en contra del voto emitido por los

Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reservó su

derecho a formular voto particular y Jorge Mario Pardo Rebolledo.