Suprema Corte de Justicia de la Nación
REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 80/2014 (CUADERNO AUXILIAR 626/2014) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO
Fecha: 19-Sep-2014
Considerando
CUARTO. Resulta innecesario abordar el examen de la sentencia recurrida, así como de los agravios que se hacen valer en su contra, toda vez que el presente medio de impugnación deviene improcedente y, por ende, debe desecharse.
- Considerando
- En Primer Término Conviene Destacar Los Antecedentes Que Dieron Origen Al Presente Asunto
- I La Parte Actora Probó Su Pretensión En Este Juicio En Consecuencia
- Iii Notifíquese
- Los Argumentos Que Anteceden Son Infundados
- B La Determinación Del Alcance De Los Elementos Esenciales De Las Contribuciones
- F Las Que Afecten El Interés Fiscal De La Federación
- V Sea Una Resolución Dictada En Materia De Comercio Exterior
- O Por Fijar El Alcance De Los Elementos Constitutivos De Una Contribución
- Amparo En Revisión Pineda Vda De Arenas Alberta De Septiembre De Cinco Votos
- Artículo Los Contribuyentes Podrán Garantizar El Interés Fiscal
- Artículo
- Así Las Cosas Ante Lo Improcedente Del Presente Recurso De Revisión El Mismo Debe Desecharse
- Únicose Desecha El Presente Recurso De Revisión