REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 80/2014 (CUADERNO AUXILIAR 626/2014) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 80/2014 (CUADERNO AUXILIAR 626/2014) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO

Fecha: 19-Sep-2014

Únicose Desecha El Presente Recurso De Revisión

Notifíquese a las partes por conducto del Tribunal Auxiliado; engrósese la presente resolución a la revisión fiscal 80/2014; devuélvase ésta al Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, con sede en Mexicali, Baja California, así como el juicio contencioso administrativo **********, del orden de la Primera Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con residencia en Tijuana, Baja California, constante en un tomo; asimismo, por correo electrónico remítasele el archivo que contenga este fallo; háganse las anotaciones pertinentes en el libro electrónico de registro y, en su oportunidad, agréguese al cuaderno auxiliar copia certificada del testimonio de esta resolución y del acuse de recibo de constancias de captura de la sentencia definitiva en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Solicítese acuse.

Así lo resolvió el Pleno del Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, por unanimidad de votos de los Magistrados Edwigis Olivia Rotunno de Santiago, Juan Manuel Serratos García y Hugo Ricardo Ramos Carreón, en términos del artículo 41, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, siendo ponente la primera de los nombrados y presidente el último de los mencionados.

En términos de lo previsto en los artículos 14, fracción IV y penúltimo párrafo, 18, fracción II, y 20, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.