Suprema Corte de Justicia de la Nación
REVISIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA MATERIA DE LA CONSULTA POPULAR 1/2014. ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, ELENA PONIATOWSKA AMOR, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, JAVIER JIMÉNEZ ESPRIÚ Y MARTÍ BATRES GUADARRAMA. 30 DE OCTUBRE DE 2014. PONENTE: OLGA SÁNCHEZ CO
Fecha: 30-Oct-2014
I Nombre Completo Y Firma Del Solicitante O Solicitantes
"II. El propósito de la consulta y los argumentos por los cuales el tema se considera de trascendencia nacional, y
"III. La pregunta que se proponga para la consulta deberá ser elaborada sin contenidos tendenciosos o juicios de valor y formulada de tal manera que produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo; y deberá estar relacionada con el tema de la consulta.
- Resultando
- Considerando
- A Identificación Y Delimitación De La Materia De La Consulta Popular
- B Los Argumentos Por Los Cuales Se Considera Que El Tema Es De Trascendencia Nacional Y
- Cuarto Párrafo Reformado Dof De Diciembre De
- Sexto Párrafo Reformado Dof De Diciembre De
- Séptimo Párrafo Adicionado Dof De Diciembre De N De E En Su Contenido
- Tercer Sic Párrafo Reformado Dof De Diciembre De
- Quinto Sic Párrafo Reformado Dof De Diciembre De
- Séptimo Sic Párrafo Adicionado Dof De Diciembre De N De E En Su Contenido
- Respecto Del Artículo
- La Organización Funcionamiento Y Disciplina De La Fuerza Armada Permanente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Que Obra En El Anexo Del Disco Compacto Del Informe Del Instituto Nacional Electoral
- I Nombre Completo Y Firma Del Solicitante O Solicitantes
- Sólo Se Podrá Formular Una Pregunta En La Petición De Consulta Popular
- Artículo Son Derechos Del Ciudadano
- Realizar Los Pagos Establecidos En Dichas Asignaciones Y Contratos
- Artículo La Presente Ley Es De Orden Público Y Tiene Por Objeto Establecer