SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 16/2010. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 16/2010. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fecha: 01-Ene-1917

Oficio

"Con base en lo prescrito en el artículo 197, último párrafo de la Ley de Amparo, luego de las reflexiones surgidas al resolver el amparo directo ********** del índice de este Colegiado, el suscrito Magistrado consideró pertinente pedir se modifique o aclare la jurisprudencia de epígrafe: ‘EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACIÓN Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.’ (consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVI, julio de dos mil dos, página 211), por las razones que a continuación expreso.

"El juicio del que derivó el proceso constitucional mencionado es una tercería excluyente de dominio promovida con la finalidad de que se levantara el embargo recaído sobre un automóvil propiedad de la tercerista (dentro del diverso juicio ejecutivo mercantil), quien obviamente señaló domicilio para recibir notificaciones y compareció durante toda la sustanciación de la tercería.

"Mediante sentencia del órgano de alzada, que confirmó la de primer grado que la declaró procedente, se ordenó dejar insubsistente dicho secuestro.

"En desacuerdo el reo con esa decisión (el actor en el segundo de los procesos indicados), promovió el juicio de amparo referido, en el que luego de agotar la búsqueda de la promovente de la tercería, a quien le reviste el carácter de tercera perjudicada, fue apercibido en los términos del criterio invocado a efecto de que se emplazara por edictos a esta última.