SENTENCIA CONSTITUCIONAL No.003/00
Fecha: 14-Ene-2000
I.1.
I.1. Que, el Dr. Gerardo Rosado Pérez, acreditando su legitimación conforme al Art. 55-2 de la Ley 1836, en su condición de Diputado Nacional, plantea Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad de la Resolución Ministerial Nº 5333 de 20 de julio de 1987, dirigiendo su acción contra el Lic. José Luis Lupo Flores, Ministro de Desarrollo Económico, expresando que el citado Ministerio emitió dicha Resolución Ministerial que dispone que para el otorgamiento de certificados a toda empresa constructora que tenga interés en la presentación de propuestas para la ejecución de obras del sector público por el Registro Nacional de Empresas Constructoras, dependiente de ese Ministerio, se exigirá con carácter previo, la presentación del respectivo certificado de inscripción de la Cámara Boliviana de Construcción, con el propósito de compatibilizar y dar cumplimiento con el nuevo régimen puesto en vigencia por el Reglamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, Anexo 3 del Decreto Supremo 21660 de 10 de julio de 1987.