Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No.003/00
Fecha: 14-Ene-2000
I.2.
I.2. Que, el anexo 3 del D.S. 21660 en el que se funda la R.M. Nº 5333 impugnada, en ninguna de sus partes dispositivas exige certificado de la Cámara Boliviana de la Construcción, para presentar propuestas para ejecución de obras del sector público; además que fue expresamente derogado por el D.S. Nº 23981.