Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No.003/00
Fecha: 14-Ene-2000
II.1.
II.1. Que debidamente citado el demandado Lic. José Luis Lupo Flores, Ministro de Desarrollo Económico, se apersona y fundamenta sus alegatos expresando que la Resolución Ministerial Nº 5333 fue dictada por el anterior Ministro de Transportes y Comunicaciones, dentro de cuyas atribuciones está el Registro de las Empresas Constructoras, como una garantía de idoneidad de las mismas, para que puedan presentarse a la convocatoria de licitaciones del sector público.