Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 090/00
Fecha: 18-Dic-2000
Fragmento 4
Que la Comisión de Admisión dicta el Auto Constitucional Nº 196/2000-CA corriente a fs. 273, en 5 de octubre de 2000, mediante el que admite el Recurso librando la provisión respectiva con la que es citado el demandado según consta a fs. 290, quien formula su alegato de contestación a fs. 276-279 con los fundamentos que se resumen a continuación:
- VISTOS
- CONSIDERANDO I
- 1)
- Fragmento 4
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- “La responsabilidad del desarrollo y vigilancia del proceso electoral corresponde a los Poderes del Estado, al organismo electoral, a los partidos políticos y a la ciudadanía en general, en la forma y términos que establece el presente Código”.
- CONSIDERANDO VI
- Fragmento 10
- INFUNDADO