SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 021/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 021/2000

Fecha: 20-Abr-2000

III.2.

III.2. Que en atención a la solicitud de la Asociación recurrente, el Concejo  Municipal de Santa Cruz de la Sierra dictó la  Ordenanza Municipal No. 079/99 de 3 de diciembre de 1999, que autoriza el cambio de uso de suelo de social a comercial, disponiendo en su artículo segundo que la transferencia que realizó la Alcaldía a favor de la Asociación de Lustradores “Primero de Mayo” tuvo el propósito de que los integrantes de la misma tengan una sede social permanente y estable y que el cambio de uso de suelo les obliga a mantener la parte social en favor de la institución agremiada, no pudiendo transferir, bajo ningún motivo, todo el inmueble en favor de terceros o de los asociados, bajo pena de reversión del inmueble.