Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 021/2000
Fecha: 20-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-6ª de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad de fs. 30 a 35, con costas y una multa de quinientos bolivianos que los recurrentes deben depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente sentencia.