Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 035/00
Fecha: 09-Jun-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.1) de la Constitución Política del Estado y 7-2) y 59 de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucional; en consecuencia constitucionales los numerales II y III del art. 49 de la Ley Nº 1760 (Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar) de 28 de febrero de 1997.