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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 035/00
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 035/00

    Fecha: 09-Jun-2000

    POR TANTO:

    POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.1) de la Constitución Política del Estado y 7-2) y 59 de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucional; en consecuencia constitucionales  los numerales II y III del art. 49 de la Ley Nº 1760 (Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar) de 28 de febrero de 1997.

    • VISTOS:
    • I.1
    • I.2
    • I.3
    • I.4
    • I.5
    • II.1
    • II.2
    • III.1
    • “Cumplida efectivamente la medida cautelar, se citará al coactivado, quien únicamente podrá oponer, todas juntas y debidamente documentadas en los casos correspondientes, las excepciones
    • III.2
    • III.3
    • IV.4
    • IV.5
    • POR TANTO:

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