SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 004/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 004/2001

Fecha: 05-Ene-2001

I.4.

I.4.       Que por su parte el  art. 46 inc. b) de la misma disposición legal afecta los arts. 7 inc. b) y 16 de la Constitución Política del Estado al establecer una prohibición de ingreso al territorio nacional basándose en meras presunciones, sindicaciones. Que el art. 22 de la Convención de San José de Costa Rica dispone que ”... El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado parte en la presente Convención, sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a ley”. En el caso que motiva la presente acción constitucional, las causales de expulsión las determina una norma de jerarquía inferior a la ley.

Por lo que al amparo de los mandatos contenidos en los arts. 129 de la Constitución Política del Estado, 11-1) de la Ley 1818 de 22 de diciembre de 1997 y 55-4) de la Ley Nº 1836 de 1 de abril de 1998 interpone Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad contra los arts. 20 inc h) 46 inc. b) y 48 inc. j) del D.S. Nº 24423 de 29 de noviembre de 1996, emanado del Poder Ejecutivo, pidiendo se admita el Recurso y se ponga a conocimiento de la autoridad que generó la norma impugnada, pronunciándose sentencia que declare la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.