SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1089/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1089/01-R

Fecha: 12-Oct-2001

7)

7)  A decir del Juez recurrido  -no desvirtuado por la recurrente-  el Banco  de la Unión inició  paralelamente al proceso que da origen al   presente Recurso, otro juicio ejecutivo contra los mismos ejecutados, siendo también garante hipotecaria la actora, en el que,  en ejecución de sentencia, se habría dispuesto por Auto Nº 181/2001 de 23 de abril de 2000, la  retención de la diferencia del precio adjudicado  y la liquidación en el proceso  que se siguió por $US. 123. 981,08 para compensar el saldo pendiente de pago en ese proceso  que fue iniciado para lograr el pago de $US. 644.021,58 El indicado Auto cobró ejecutoria al no haber opuesto las partes recurso alguno contra él (fs. 53).