SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1117/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1117/01-R

Fecha: 19-Oct-2001

en tanto no exista otro Recurso para tal efecto.

Además, si la actora estima que  el referido Tribunal actuó sin competencia  al emitir  el fallo que ahora impugna, debió interponer el Recurso que en la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 1836 está expresamente establecido para  reclamar de los actos y resoluciones emitidas sin jurisdicción ni competencia, no pudiendo declararse nulos, mediante el Amparo, actos presuntamente realizados sin competencia, ya que tiene como único fin proteger de forma inmediata los derechos fundamentales de las personas, en tanto no exista otro Recurso para tal efecto.