Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1209/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
4)
4) El 11 de agosto de 2001 (fs. 61), la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, emitió el Auto de Vista por el que se declaró improcedente la apelación concedida por el Juez inferior, en consideración a que la reposición fue presentada en forma extemporánea, y por consiguiente, la apelación, concedida ilegalmente.
- Partes:
- Vistos
- 1.
- a)
- 3.
- 2)
- 4)
- CONSIDERANDO:
- dentro de los tres días siguientes al de la notificación con la providencia o auto
- los plazos procesales comenzarán a correr desde el día hábil siguiente a la citación o notificación con la resolución judicial respectiva
- dentro de los tres días siguientes al de su notificación con el Auto de 20 de julio de 2000
- POR TANTO: