SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
2.
2. De fs. 96 a 98 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 26 de septiembre de 2001, en la que el abogado de los recurrentes ratifica los términos de la demanda y los amplía arguyendo que: a) el recurso de reposición bajo alternativa de apelación planteado por ellos fue rechazado por el Juez sin tomar en cuenta la prueba aportada, y además, “se olvidó” conceder la alzada, dejándolos en estado de total indefensión; b) en el proceso que da origen a este Recurso, han habido diversas irregularidades porque se pretende favorecer al demandado, ya que contra él también se ha instaurado un proceso penal por falsedad material e ideológica, que está en trámite; c) el representante del Ministerio Público Adscrito al Juzgado del recurrido, ha requerido para que el supuesto “desaforo” del expediente sea remitido a la Fiscalía, pero el Juez no ha tomado en cuenta tal opinión. Reitera su pedido para que el Recurso sea declarado procedente.
2) En 13 de noviembre de 2000 (fs. 40), el Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Partido en lo Civil-Comercial de El Alto, en suplencia legal, elaboró una representación en la que sostiene que, por observación del demandado, se constató que las diligencias de notificación con la sentencia, habían sido “desaforadas”, expresando que los demandantes le habrían solicitado que “hiciera desaparecer” las mencionadas notificaciones. Asimismo, indica que los actores fueron notificados el 8 de octubre de 2000 a horas 15:45 en el Juzgado, y el demandado el 24 de octubre a horas 15:30, quien tendría en su poder el cedulón respectivo.