SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Recurso de Amparo Constitucional consagrado por el art. 19 de la Ley Fundamental del país, ha sido instituido como una garantía de protección inmediata contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y las Leyes.

En la especie, el  Juez no concedió la apelación  planteada en forma alternativa por  los  recurrentes,  quienes tampoco podían formular compulsa ya que la actitud del Juez no se adecua a ninguno de los casos que el  art. 283 del compilado procesal civil  enumera  para su procedencia, extremo que  demuestra, asimismo,  la indefensión de  los actores, y la conculcación de los derechos al debido proceso y a la seguridad jurídica, reconocidos en los arts.  16 y 7-a) de la Constitución Política del Estado,  dando lugar a la procedencia del Amparo Constitucional.