Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
4)
4) El representante del Ministerio Público, por dictamen de 8 de diciembre de 2000 (fs. 45 vta.), expresó que, al constituir actos delictivos los denunciados por los funcionarios subalternos del Juzgado, se remitan antecedentes a la Fiscalía. No figura en el expediente remitido a este Tribunal orden alguna del Juez en ese sentido.