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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1210/01-R

    Fecha: 20-Nov-2001

    4)

    4)  El representante del Ministerio Público, por dictamen de 8 de diciembre de 2000 (fs. 45 vta.), expresó que, al constituir actos delictivos los denunciados por  los funcionarios subalternos del Juzgado, se remitan antecedentes a la Fiscalía. No figura en el expediente remitido a este Tribunal orden alguna del Juez en ese sentido.

    • VISTOS:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • 2.
    • a)
    • 3.
    • 4)
    • 5)
    • CONSIDERANDO:
    • el Juez,
    • el Juez recurrido omitió cumplir la  obligación que las normas citadas le imponen para la reposición -en el presente asunto-  de las diligencias de notificación con la sentencia
    • se ha producido indefensión en los demandantes
    • POR TANTO:

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