SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1292/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1292/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

Fragmento 4

      Alega que en 18 de septiembre solicitó al recurrido suspenda la convocatoria emitida, mereciendo la respuesta de 22 de ese mes, señalando que el art. 5 del Estatuto del Colegio Médico establece que un Médico empleado debe ser designado por concurso de méritos y examen de competencia, y que debe presentarse para concursar; empero -dice la actora-  el Administrador  Regional de la C.N.S. omitió referirse a la última parte del citado artículo que  determina que  el concurso de méritos y el examen  referido, deben ser en relación a cargos vacantes o de nueva creación.