SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1292/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1292/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

la Convocatoria emitida por la autoridad recurrida no  es atentatoria contra  ningún derecho de la actora

En consecuencia, la Convocatoria emitida por la autoridad recurrida no  es atentatoria contra  ningún derecho de la actora, puesto que todos los cargos que hayan sido ocupados por personas  sin haber obtenido su designación mediante concurso de méritos y examen de competencia son susceptibles de la convocatoria referida -y dichos servidores, son, por tanto, de libre remoción por la autoridad competente, en el caso, el Administrador Regional de la C.N.S.- a efectos de lograr una institucionalización  que asegure  una óptima idoneidad  en el desempeño de  funciones. Además, la recurrente tiene toda la potestad de presentarse libremente  en la convocatoria emitida, a efectos de  obtener el  cargo  que hoy ejerce a través del mecanismo establecido por Ley.