Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1348/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
Fragmento 10
El peligro de obstaculización en la averiguación de la verdad se decidirá, según el art. 235, cuando concurran indicios de que el imputado destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba, o influirá negativamente sobre los partícipes, testigos o peritos para beneficiarse.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- Resolución de 26 de octubre
- el representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación incidental contra la decisión de la Jueza Cautelar
- fundamento de la determinación
- CONSIDERANDO:
- Fragmento 10
- se tiene demostrado que Fernando Salazar Paredes tiene residencia, familia y trabajo conocidos en el país, ha oblado el monto de la fianza económica que le ha sido fijada y se encuentra arraigado
- la detención domiciliaria fijada por los Vocales recurridos al representado de la actora, resulta ser una medida que, además de excesiva, no está amparada en las normas legales aludidas
- POR TANTO: