Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1348/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
Resolución de 26 de octubre
1) Dentro de la investigación que realiza el Ministerio Público sobre la supuesta comisión del delito previsto en el art. 23 con relación a los arts. 213, 221 y otros del Código Penal, la Jueza Cautelar, por Resolución de 26 de octubre del presente año (fs. 33 y 34), impuso a Fernando Salazar como medidas cautelares, su presentación cada setenta y dos horas ente el Fiscal de la investigación, su arraigo y la fianza económica de Bs. 150.000.- considerando que el Fiscal no acreditó de manera fundamentada el riesgo de fuga y obstaculización en la averiguación de la verdad.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- Resolución de 26 de octubre
- el representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación incidental contra la decisión de la Jueza Cautelar
- fundamento de la determinación
- CONSIDERANDO:
- Fragmento 10
- se tiene demostrado que Fernando Salazar Paredes tiene residencia, familia y trabajo conocidos en el país, ha oblado el monto de la fianza económica que le ha sido fijada y se encuentra arraigado
- la detención domiciliaria fijada por los Vocales recurridos al representado de la actora, resulta ser una medida que, además de excesiva, no está amparada en las normas legales aludidas
- POR TANTO: