Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1348/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución cursante a fs. 45 y 46 de obrados, dictada el 16 de noviembre de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por María Teresa Solíz Chávez en representación sin mandato de Fernando Salazar Paredes contra Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda de dicha Corte; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- Resolución de 26 de octubre
- el representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación incidental contra la decisión de la Jueza Cautelar
- fundamento de la determinación
- CONSIDERANDO:
- Fragmento 10
- se tiene demostrado que Fernando Salazar Paredes tiene residencia, familia y trabajo conocidos en el país, ha oblado el monto de la fianza económica que le ha sido fijada y se encuentra arraigado
- la detención domiciliaria fijada por los Vocales recurridos al representado de la actora, resulta ser una medida que, además de excesiva, no está amparada en las normas legales aludidas
- POR TANTO: