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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 89/01
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 89/01

    Fecha: 10-Dic-2001

    INFUNDADO

    El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-1ª de la Constitución Política del Estado; 7-2)  y 62-2 de la Ley N° 1836 declara INFUNDADO el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad,  promovido por René Blattmann Bauer, y por consiguiente CONSTITUCIONALES los arts 8 y 9 de la Ley N° 1983, Ley de Partidos Políticos, para los efectos del caso planteado.

    • CONSIDERANDO I
    • Fragmento 2
    • CONSIDERANDO II
    • CONSIDERANDO III
    • “La representación popular se ejerce por medio de los partidos políticos o de los frentes o coaliciones formadas por éstos...”
    • CONSIDERANDO IV
    • son personas jurídicas de derecho público y sin fines de lucro, se constituyen para participar, por medios lícitos y democráticos, en la actividad política de la República, en la conformación de los poderes públicos y en la formación y manifestación de la voluntad popular”.
    • “regula la organización, funcionamiento, reconocimiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas que se conformen entre ellos, así como sus relaciones con la sociedad y el Estado”.
    • CONSIDERANDO V
    • CONSIDERANDO VI
    • INFUNDADO

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