Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 89/01
Fecha: 10-Dic-2001
“regula la organización, funcionamiento, reconocimiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas que se conformen entre ellos, así como sus relaciones con la sociedad y el Estado”.
Que sobre la base de los principios y normas referidos es que la Ley N° 1983 desarrolla los preceptos constitucionales para el adecuado ejercicio de los derechos políticos de las personas en lo que toca a su participación en la organización y funcionamiento de los partidos políticos; por ello el art. 1 de la citada ley define su ámbito de aplicación señalando que: “regula la organización, funcionamiento, reconocimiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas que se conformen entre ellos, así como sus relaciones con la sociedad y el Estado”.
- CONSIDERANDO I
- Fragmento 2
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- “La representación popular se ejerce por medio de los partidos políticos o de los frentes o coaliciones formadas por éstos...”
- CONSIDERANDO IV
- son personas jurídicas de derecho público y sin fines de lucro, se constituyen para participar, por medios lícitos y democráticos, en la actividad política de la República, en la conformación de los poderes públicos y en la formación y manifestación de la voluntad popular”.
- “regula la organización, funcionamiento, reconocimiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas que se conformen entre ellos, así como sus relaciones con la sociedad y el Estado”.
- CONSIDERANDO V
- CONSIDERANDO VI
- INFUNDADO