Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2001
Fecha: 15-Feb-2001
I.2
I.2 Que se organizó proceso administrativo interno en su contra, al amparo del D.S. 23318-A, notificándosele el 27 de octubre de 2000 con el Auto de 25 de ese mes y año, firmado por el Presidente del Tribunal Sumariante del SEDUCA, en el que se inicia dicho proceso en aplicación de la Ley Nº 1178 y se conforma el Tribunal Sumariante constituido solamente por el Jefe de Asesoría Legal del SEDUCA, lo que no garantiza su imparcialidad, además de que “una sola persona no puede constituir Tribunal”.