SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 008/2001

Fecha: 15-Feb-2001

VI.1

VI.1     Que del examen efectuado sobre el Reglamento  de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, aprobado por R.M. Nº 062/00 de 17 de febrero de 2000, se concluye que, en lo referente a la sustanciación del proceso administrativo interno, es concordante con lo reglamentado por el D.S. Nº 23318-A, pues está dividido en dos fases: sumarial y de apelación; la sumarial está a cargo de un “Tribunal Administrativo”, como lo denomina el art. 61 de dicho Reglamento, cuya composición depende del nivel que tenga el funcionario sujeto a proceso en la organización administrativa del SEDUCA (art. 62). Existe un plazo probatorio; la resolución del sumario es susceptible de apelación y quien la resuelve es una autoridad diferente a los miembros del “Tribunal Administrativo”, de acuerdo a lo establecido en el art. 65 del mismo Reglamento.