SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 406/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 406/01-R

Fecha: 08-May-2001

, pero no contra un socio que no ha sido citado ni notificado con ninguna de las actuaciones de la Administración Tributaria

En consecuencia,  el arraigo debió ser dispuesto contra el Presidente del Directorio  de “Flores Samay Huasi” S.A.  o contra la persona a quien éste, a través del Directorio,  le haya delegado la representación de la empresa, pero no contra un socio que no ha sido citado ni notificado con ninguna de las actuaciones de la Administración Tributaria en el trámite de cobranza coactiva y que no tiene la representación legal de la empresa.