Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 588/01-R
Fecha: 15-Jun-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución cursante a fs. 49 y 50, dictada el 18 de mayo de 2001 por el Juez Tercero de Partido en lo Penal de Santa Cruz, en el Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por Luis Alberto Gutiérrez Vargas en representación sin mandato de Mary Ríos de Gutiérrez contra Juan Edmundo Jacobo Albornoz, Rolando Fernández, Milton Veramendi Molina y Gustavo Osinaga, Fiscal Adscrito a la Policía Técnica Judicial, Director Departamental de la P.T.J., Jefe de la División Corrupción Pública y Asignado al caso, respectivamente; los antecedentes del caso, y
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- 3.
- 2)
- 4) La denunciada, a través del memorial de 27 de abril del año en curso (fs. 35), expresa al Fiscal Adscrito a la P.T.J. que se ha enterado extraoficialmente que existe una denuncia en su contra, por lo que pide se señale día y hora para el verificativo de su declaración informativa
- 5) El 8 de mayo
- CONSIDERANDO:
- el Fiscal recurrido emitió mandamiento de apremio pese a que la representada del recurrente no fue notificada personalmente con la cédula de comparendo, se presentó en forma voluntaria a la investigación (fs. 35) e inclusive señaló domicilio procesal para notificaciones posteriores
- improcedente
- POR TANTO: