SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1012/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1012/01-R

Fecha: 21-Sep-2001

“El título de Licenciado en  Economía de acuerdo a Leyes especiales, permite obtener el diploma profesional de Auditor  Financiero”.

En forma concordante, el Reglamento General de Estudios de la Facultad de Economía de  la  Universidad Mayor de San Andrés de 1968 (fs. 5), en su art. 1.6.0.  determina que “El título de Licenciado en  Economía de acuerdo a Leyes especiales, permite obtener el diploma profesional de Auditor  Financiero”.

De las normas anotadas se concluye que  los profesionales que hayan logrado el título de economista en la Universidad Mayor de San Andrés,  dentro del antiguo sistema en el que las ramas de economía, administración y estadística estaban contempladas dentro de un mismo plan de estudios, y una vez obtenido el Título de Economista, tienen la potestad de tramitar el Título de Auditor Financiero, pues no existe una norma que indique que con el solo hecho de haber logrado el Título de Economista, aún en aquella época, el profesional pueda ejercer indistintamente  su profesión en economía, administración o auditoría.

En el caso de autos, el recurrente tiene toda la facultad de tramitar y recabar sin óbice alguno su Título de Auditor Financiero con la exhibición del Título de Economista, ya que las disposiciones legales precedentemente citadas así lo permiten, y cuando obtenga el  indicado título el Colegio de Auditores de La Paz deberá inscribirlo en sus registros, de acuerdo a las normas  que rigen en esa entidad.