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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 930/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 930/01-R

    Fecha: 06-Sep-2001

    5)

    5)  El memorando de fs. 91 acredita que en el Distrito de Santa Cruz, se designó interinamente a Lito Hernán Espinoza Prado como Odontólogo en cumplimiento del Servicio Rural Obligatorio, comunicándole que sus haberes serán imputados al ítem allí consignado. A fs. 92 cursa una fotocopia de la boleta de pago del mencionado profesional.

    • VISTOS:
    • 1.
    • a)
    • 3.
    • 2)
    • 4)
    • 5)
    • CONSIDERANDO:
    • art. 3
    • El mencionado Servicio de Salud está sujeto a remuneración económica,
    • prestación de servicios profesionales en áreas rurales, por seis meses calendario, sujetos a remuneración económica
    • POR TANTO:
    • MAGISTRADO                                                                                                                                          MAGISTRADA

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