SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 78/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 78/2001

Fecha: 28-Sep-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley No. 1836 declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad planteado y en aplicación del art. 85-1) de la Ley Nº 1836, se impone al recurrente costas y multa en Bs. 1.000.-, suma que deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días a partir de su notificación con la presente Sentencia, debiendo remitir a este Tribunal el original del comprobante de pago.