Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 001/2002-R
Fecha: 02-Ene-2002
Vistos:
Vistos: En revisión, la Resolución de fs. 66 a 68 pronunciada el 12 de octubre de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Gonzalo Terceros, Alcalde Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba contra Virginia Rocabado Ayaviri, Jueza Octava de Partido en lo Civil; los antecedentes que cursan en el expediente; y:
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- PARCIALMENTE PROCEDENTE
- 8 de octubre de 1996, la Alcaldía Municipal de Cochabamba representada por el Alcalde y el Consorcio E.C.M. INGENIERIA-PROSERTEC R.C. protocolizaron el contrato de concesión de servicios municipales de administración y control de estacionamiento temporal en vías públicas y control de obligaciones tributarias
- 2 de agosto de 2000
- 19 de octubre de 2000
- 23 de noviembre de 2000
- Auto de 29 de agosto de 2001
- 30 de octubre de 2000
- no para definirlos.
- Por tanto: