Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2002-R
Fecha: 04-Oct-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que se han vulnerado los siguientes derechos de su representado: seguridad jurídica, libre tránsito y defensa; por cuanto las autoridades demandadas tratan de someterlo a un juicio oral y público, siendo que la acción penal ha prescrito, además de haberse operado su extinción en la etapa preparatoria debido a que la Fiscal de Distrito revocó el sobreseimiento y ordenó se presente acusación, fuera del término señalado por ley. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la protección otorgada por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).