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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2002-R

    Fecha: 04-Oct-2002

    III.5.

    III.5. Que, finalmente,  con relación al segundo fundamento de la resolución revisada que declara la improcedencia del recurso, por no ser el Tribunal de amparo competente para resolver y decidir las lesiones a los derechos y garantías constitucionales cuando la causa está radicada en el Tribunal de

    • Ramiro David Muñoz Linares
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • Fragmento 5
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4.
    • III.5.

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