SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

a)

El Juez recurrido, en el informe escrito que corre a fojas 1239 y 1240, aduce lo siguiente: a) dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Económico S.A. contra la recurrente y otros, se adjudicaron los inmuebles a favor de la entidad ejecutante y aún continúan los trámites de remate de otros bienes; b) al someter a remate bienes embargados en proceso ejecutivo, sólo ha cumplido con la norma procesal  del art. 534 del Código de Procedimiento Civil (CPC), que determina que la base del remate es la valuación fiscal, y que, “si como dice la recurrente, dicho artículo es inconstitucional, ello escapa a las responsabilidades de su autoridad”; c) tratándose de venta forzosa, no puede argüirse lesión, tal como lo establece el art. 1481 del Código Civil (CC); d) en cuanto a la objeción de personería que esgrime la actora, dicho aspecto debió ser planteado en forma oportuna; e) asumió conocimiento del proceso cuando ya estaba en ejecución de sentencia, por lo cual realizó los actos de esa fase de acuerdo a ley; f) el proceso ingresó “por la Sala correspondiente” de la Corte Superior de Distrito y se procedió a su distribución conforme manda el art. 117 LOJ; g) la ley no establece que el Vocal semanero debe estampar su firma en el expediente, sino que menciona la intervención de esa autoridad en la distribución de causas, hecho que se produce internamente y debe constar en los Libros de Ingreso de Causas Nuevas que lleva a su cargo la Corte Superior de Distrito; h) los jueces deben cumplir con lo dispuesto por ley y la LOJ  en su art. 247 les señala “cuales son las causales de nulidad, caso que no es el presente, es decir, debe observarse el principio de especificidad”; i) los fallos de su antecesor en el cargo fueron confirmados por la Corte Superior, lo que evidencia que los actos están enmarcados en el ordenamiento jurídico. Pide se declare improcedente el recurso, con costas y multa.