Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.4.
II.4.. Mediante decreto de 22 de julio de 1997 (fs. 56 vta.), a solicitud de parte, el Juez declaró ejecutoriada la sentencia. Patricia Valencia solicitó la reposición de dicho decreto, por no haber sido notificada con la sentencia, lo que fue resuelto por Auto de 8 de agosto de 1997 (fs. 62), a través del que el Juez rechazó la reposición y concedió la apelación alternativamente interpuesta.
- Patricia Valencia Rico
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- ,
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- , ha entendido que el art. 117 LOJ, al indicar la distribución de causas nuevas, se refiere al sorteo, y en cuanto a la intervención del Vocal Semanero resulta ser un formalismo no esencial complementario cuya prescindencia no puede causar nulidad dado que es susceptible de cumplírselo posteriormente.
- III.5.
- III.7.
- 2º DISPONE se remitan