Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 19 de agosto de 2002 (fs. 1212 a 1222), la recurrente asevera que el Banco Económico S.A. tramitó un proceso ejecutivo en su contra y otras personas, que se radicó en el Juzgado actualmente a cargo del recurrido, habiéndose procedido a la subasta y remate de los inmuebles de Carlos Arze Gonzáles y María René Valencia de Arze, que fueron adjudicados a favor del Banco ejecutante con graves vicios de nulidad.
- Patricia Valencia Rico
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- ,
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- , ha entendido que el art. 117 LOJ, al indicar la distribución de causas nuevas, se refiere al sorteo, y en cuanto a la intervención del Vocal Semanero resulta ser un formalismo no esencial complementario cuya prescindencia no puede causar nulidad dado que es susceptible de cumplírselo posteriormente.
- III.5.
- III.7.
- 2º DISPONE se remitan