SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2002 - R

Fecha: 28-Oct-2002

II.4

II.4     Que, por Resolución 01/2002 de 5 de abril de 2002, el recurrido falla declarando al recurrente “... con responsabilidad administrativa de acción y omisión...”, sancionándole con la suspensión de sus labores por treinta días hábiles sin goce de haberes (fs. 18-19), contra la cual, el recurrente exponiendo entre otros, alegatos indicando que debió ser procesado bajo las normas de la Resolución Ministerial 062/00, interpuso revocatoria (fs. 20-22), que es resuelta por Resolución 02/2002 de 25 de abril de 2002 ratificándose la impugnada (fs. 24-26), determinación que dio lugar a que el recurrido entre otros argumentos, insistiera que fue procesado indebidamente bajo otras normas e interpusiera recurso jerárquico (fs. 27), que fue resuelto por la recurrida mediante la Resolución 03/2002 de 15 de julio de 2002 que confirmó la Resolución dictada en revocatoria (fs. 28-30).