SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2002-R

Fecha: 01-Nov-2002

a)

La recurrente indica que las autoridades demandadas violaron sus derechos al debido proceso y a la inviolabilidad de los procedimientos, por cuanto: a) el Juez recurrido admitió el proceso ejecutivo en su contra iniciado con un contrato de anticresis nulo, y rechazó en sentencia la excepción de falta de fuerza ejecutiva opuesta de su parte, b)  los Vocales cometieron el mismo error al reconocer fuerza ejecutiva al documento citado y confirmar la sentencia dictada  por el inferior.  Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la protección otorgada por el art. 19 CPE.