SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

(fs. 64-65)

El Juez co-recurrido dio lectura a su informe (fs. 64-65), en el cual alegó: a) que si bien la resolución que aprobó el remate y adjudicó el inmueble adquirió ejecutoria, al haberse planteado incidente de nulidad, por Auto de 31 de mayo de 2002, se anularon obrados hasta fs. 31, decisión que a la fecha se encuentra apelada, razón fundamental por la que se ha decretado no ha lugar a la petición del recurrente, por lo que es de aplicación el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y b) que la reposición fue rechazada por lo explicado anteriormente, pero principalmente, porque en ejecución de sentencias las resoluciones sólo admiten recurso de apelación en la vía directa, por lo que al ser rechazada la reposición también se desestimó la apelación alternada, criterio que fue compartido con el Tribunal co-recurrido, quien declaró ilegal la compulsa.