SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

II.3

II.3     Que, el recurrente insistió en su petitorio (fs. 21, 22), empero el recurrido por decreto de 17 de junio de 2002, decretó no ha lugar a lo solicitado en razón de que el Auto de 31 de mayo de 2002, anuló obrados hasta fs. 31 (fs. 22), decisión contra la cual, el recurrente planteo reposición bajo alternativa de apelación (fs. 33-35), pero por Auto de 15 de julio de 2002, la reposición fue rechazada y desestimada la concesión de la apelación (fs. 36 vta.), motivando que el recurrente presente compulsa en lo principal con los fundamentos del presente recurso (fs. 37-38), pero la misma fue declarada ilegal por los recurridos vocales (fs. 41), quienes también luego de aclarar a petición del recurrente declararon no ha a lugar a la enmienda solicitada (fs. 45, 47), con los fundamentos que han expuesto en su informe.