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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2002 - R

    Fecha: 16-Dic-2002

    III.8

      Que, por lo expuesto, es evidente que no se ha demostrado vulneración a derecho alguno, dado que la actuación de la autoridad recurrida, está dentro del ordenamiento jurídico y se ajusta a las funciones que le han sido encomendadas por la Ley Fundamental, de modo que no existe razón para otorgar la tutela solicitada.

    • Hernán Velásquez Capiona, Pedro Candia Candia, Leonardo Tordoya y Juan Ramiro Adriázola Quintanilla
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.2.1
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.4
    • III.5
    • III.7
    • III.8
    • APRUEBA

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