SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Social Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) que en cuanto a los conductores detenidos, “se descarga la misma en relación a que se ha cumplido con el Art. 289 del Código de Pdto. Penal al presentar a los conductores detenidos” por esa “prevención delictiva” ante el Juez Cautelar en el plazo legal, además que por acto, se debió interponer hábeas corpus y b) que en cuanto a la retención de los relojes, se ha respetado el derecho a la propiedad, puesto que han sido devueltos a los propietarios, que han acreditado su derecho en las oficinas de Tránsito y la Fiscalía, y para el caso de existir incautación o despojo, los recurrentes también tenían otras vías para denunciar los actos.