SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1591/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
III.1
III.1 El Decreto Supremo 25465 de 23 de julio de 1999, reglamenta la Devolución de Impuestos a las Exportaciones y en su art. 1 señala: “El presente decreto supremo formula las normas reglamentarias de la devolución de impuestos a las exportaciones en cumplimiento del principio de neutralidad impositiva establecido en las normas del Código Tributario la Ley 1489 de 16 de abril de 1993 de Desarrollo y Tratamiento Impositivo de las Exportaciones y las modificaciones efectuadas mediante Ley 1963 de 23 de marzo de 1999. Las normas de este decreto supremo se aplicarán a la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) …”. En su art. 2, determina: “Los certificados de devolución de impuestos (CEDEIM) son títulos valores transferibles por simple endoso, con vigencia indefinida y podrán ser utilizados por el tenedor final para el pago de cualesquier tributo cuya recaudación esté a cargo del Servicio Nacional de Aduanas (SNA) o del Servicio de Impuestos Internos (SNII), conforme a la legislación vigente. Los CEDEIM, podrán ser fraccionados de acuerdo a disposiciones adoptadas por el SNII”.