Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 33/2002
Fecha: 02-Abr-2002
CONSIDERANDO II
Por Auto Constitucional 470/2001-CA de 20 de noviembre de 2001 de fs. 19 a 20, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional admitió el Recurso, disponiendo que sea puesto en conocimiento del Presidente del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra como personero del órgano que generó la norma impugnada, habiéndose cumplido la diligencia de citación el 8 de enero de 2002, cual consta a fs. 40.