Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 38/2002
Fecha: 09-Abr-2002
I.6
I.6 Alega que, de mantenerse la aplicación y cumplimiento de los Decretos mencionados, ya abrogados, los derechos de su mandante se verían suprimidos absolutamente porque “de hecho y de derecho” para las autoridades del INRA los títulos ejecutoriales de los causantes de su mandante y por ende su título traslativo de dominio, estarían anulados cuya nulidad se mantiene hasta el presente, como ya lo han expresado las mencionadas autoridades